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En el Boletín Oficial del Estado del día 19 de Octubre de 2011 aparece la inscripción en el registro de entidades declaradas de Utilidad Pública de la asociación Aspe contra el Alzheimer.

La declaración de utilidad pública es un reconocimiento social de la labor que realizan las entidades sin ánimo de lucro. Para obtener este título es necesario cumplir una serie de requisitos que están recogidos en la Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo, del Derecho de Asociación. En concreto, aquellas organizaciones que solicitan la declaración de utilidad pública deben promover el interés general de su labor y no favorecer únicamente a sus asociados, deben llevar en funcionamiento al menos dos años y no retribuir a los miembros de sus órganos de representación con fondos y subvenciones públicas.

Es necesario presentar ante el Ministerio del Interior una rendición de las cuentas anuales y una memoria de actividades con lo cual las acciones emprendidas están mejor controladas y supervisadas.

Todo ello supone un reconocimiento a la labor realizada en la localidad de Aspe a lo largo de los años y un apoyo, confianza y control en la distribución de los fondos públicos y privados con los que la asociación Aspe contra el Alzheimer cuenta para su mantenimiento.

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